Desde la entrada en vigor del Acuerdo Schengen, por el que se suprimieron los controles fronterizos entre los países firmantes así como nuestro mundo cada vez más globalizado, ha motivado un elevado aumento de los matrimonios entre personas de distinta nacionalidad.
El matrimonio civil en España entre un español y extranjero o entre extranjeros, genera grandes dudas, requiriendo por parte de nuestros clientes de asesoramiento legal sobre el procedimiento, la documentación necesaria de los futuros esposos, sus efectos y tramites tras su celebración.
Además, como es bien sabido, el matrimonio con un español o un ciudadano de la Unión Europea dará derecho al ciudadano de un tercer país no comunitario, a la obtención de la Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea, que entre otros beneficios, concede la autorización de residencia y trabajo con una duración inicial de cinco años. Puedes consultar qué es la Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea, cómo obtenerla, sus requisitos, procedimiento y personas beneficiarias en nuestro post.
El matrimonio con un ciudadano español también da derecho al extranjero a solicitar la nacionalidad española por residencia después de un año de residencia legal y continuada en España.
El procedimiento para la celebración de matrimonio entre dos personas de distinta nacionalidad requiere ineludiblemente la realización de un expediente matrimonial ante el Encargado del Registro Civil de su lugar de residencia.
Se habrá de solicitar cita previa ante el Encargado del Registro Civil para presentar la documentación.
Los documentos que se ha de acompañar a la solicitud son:
- Fotocopia del DNI/Tarjeta de residencia o Pasaporte de los futuros esposos
- Certificado literal de nacimiento expedida por el Registro Civil
- Certificado de empadronamiento o residencia
- Declaración jurada respecto al estado civil de los contrayentes, fe de vida o declaración de soltería, dependiendo del país de origen.
En el caso de que uno o ambos de los contrayentes estuviesen divorciados:
- Certificado literal de matrimonio anterior con anotación marginal del divorcio.
Si la Sentencia se hubiese obtenido en el extranjero requerirá la legalización de la misma en España por lo que se tendrá que realizar un procedimiento Exequatur, que es el reconocimiento de la Sentencia por Tribunales españoles. Este procedimiento requiere de la asistencia de abogado y procurador. Hablamos sobre el Exequatur también en nuestro blog.
Si no estuviera anotado el divorcio en España en el Certificado de matrimonio, se requerirá, Testimonio de la Sentencia.
Los expedidos por el Registro civil del país de origen del extranjero tendrán que estar traducidos y legalizados. Existen algunos países que han firmado convenios con España que dispensan de la legalización puedes consultarlos aquí.
Una vez presentada toda la documentación, los futuros esposos deberán acudir con dos testigos al Registro civil para iniciar el expediente matrimonial que se resolverá mediante Auto favorable o no favorable a la celebración del matrimonio.
¿Qué ocurre en caso de Auto desfavorable? Habrá que atender a la motivación del mismo y estudiar la viabilidad de un recurso.
Lucía Cremades Galiana
CEO- International Attorney