El N.I.E., Número de Identificación de Extranjero es un código compuesto por dos letras y siete números que documenta a una persona física o jurídica extranjera ante la Agencia Tributaria española (AEAT).
Este código es necesario ya que todo negocio jurídico que cuente con un elemento internacional realizado en España, ya sea por una persona física (individuos o representantes legales de empresas o jurídica (entidades mercantiles), requerirá la obtención de el N.I.E. Las empresas extranjeras que deseen operar en España habrán de solicitar un C.I.F. (N).
Sin embargo, antes de continuar con nuestro artículo, nos sentimos en la obligación de clarificar que el N.I.E, no tiene por qué tener aparejada la autorización de residencia.
Esto es así ya que muchos ciudadanos extranjeros operan o invierten en nuestro país sin establecer su residencia en España. Muchos extranjeros tienen un N.I.E. asignado y no residen en España, sino en su país de origen o residencia. No requerirían, por tanto, iniciar un procedimiento administrativo de residencia.
No obstante lo anterior, nuestros clientes extranjeros identifican y llaman al N.I.E. a la tenencia de una autorización de residencia o de residencia y trabajo tras realizar el pertinente trámite administrativo ante la Oficina de Extranjería u Oficina Consular correspondiente. Esta afirmación no es correcta y crea una gran confusión ya que “se puede tener N.I.E. pero no T.I.E.”.
El N.I.E requiere exclusivamente de justificar la necesidad de su obtención ya sea por intereses económicos, sociales o profesionales. Su formato es un folio blanco con los datos identificativos del extranjero y el número de N.I.E. asignado.
Por su parte, si un extranjero desea residir en España, tendrá que solicitar un visado en la jurisdicción consular de su residencia para lo que habrá de aportar la documentación requerida para el buen fin de su solicitud.
La T.I.E. es la tarjeta de plástico, como el DNI español que se obtiene tras la toma de huellas en dependencias policiales y se entrega una vez concedida la residencia mediante un procedimiento administrativo recogido en la legislación de extranjería (Ley 4/2000 sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y su reglamento R.D. 557/2011).
¿Cómo solicitar el N.I.E.?
Lucía Cremades Galiana
CEO- International Attorney
