Desde Cremades&Associates estamos muy contentos de informaros de una gran noticia para uno de nuestros clientes.
Hoy hemos recibido la Sentencia estimatoria del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante que acuerda revocar la resolución de la Subdelegación de Gobierno de Alicante y concede la Tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión a una cliente venezolana como ascendiente a cargo de su hija española.
La Administración denegaba la solicitud en tanto entendía que nuestra cliente no había acreditado que se encontraba a cargo de su hija pues viene exigiendo que se acredite que no se perciben recursos o ingresos económicos en el país de origen, y que el dinero enviado por el reagrupante sea utilizado para satisfacer las necesidades básicas del destinatario del mismo.
El Juez de instancia entendió, conforme interesábamos en nuestra demanda que la situación política y económica de Venezuela era un hecho notorio no necesitado de prueba en la que la hiperinflación, divisa paralela, devaluación de la moneda, bloqueo internacional… acredita que los envíos de dinero que se realizaban iban destinados exclusivamente a cubrir las necesidades básicas de nuestra cliente.
ENHORABUENA!